El equipo de inmigración de Sinnott Solicitors estuvo encantado de recibir otro resultado positivo recientemente para uno de nuestros clientes en el caso de Vishteh c. Ministro de Justicia 2010 IEHC 131 donde el Sr.Juez Barrett otorgó una orden de Certiorari anulando la decisión del Ministro de Justicia e Igualdad de negarse a otorgarle a nuestro cliente un Certificado de naturalización.

Nuestro cliente es un empleado de una embajada extranjera en Irlanda que presentó una solicitud para obtener un certificado de naturalización en diciembre de 2016 tras la decisión del Sr.Juez Humphreys en Rodis contra el Ministro de Justicia e Igualdad; Tolentino contra el Ministro de Justicia e Igualdad [2016] IEHC 360. En este caso, el tribunal sostuvo que “No había nada en la Convención de Viena sobre Relaciones Diplomáticas de 1961 que impidiera que un miembro del personal doméstico de una misión diplomática solicitara la naturalización y que no se podía sostener que la legislatura, al promulgar la Ley de nacionalidad y ciudadanía irlandesa de 1956, tenía la intención de excluir permanentemente a esas personas de la naturalización ”.

El caso no se refería a la elegibilidad del solicitante para solicitar la naturalización como miembro del personal doméstico de una misión diplomática. Ese asunto se resolvió en el Rodis y Tolentino caso. En cambio, el caso se trataba esencialmente de las pruebas requeridas por una persona en situación similar como la Sra. Rodis y la Sra. Tolentino al presentar una solicitud de ciudadanía en estas circunstancias inusuales.

Durante el procesamiento de la solicitud de nuestro cliente, el Ministro de Justicia solicitó una carta personalizada a la embajada de su empleador en la que se indicaban las fechas de empleo del solicitante en dicha embajada. Nuestro cliente no pudo enviar esta carta, sin embargo, presentó una gran cantidad de otra documentación que era igualmente capaz de confirmar las fechas de empleo y evidenciaba claramente la residencia razonable de nuestro cliente en el estado.

Posteriormente, el Ministro de Justicia procedió a rechazar la solicitud de nuestros clientes de un certificado de naturalización que declara:

“… Para que la residencia de su cliente se establezca como una residencia razonable, su cliente deberá presentar una carta de la embajada indicando las fechas de empleo en la embajada, la carta también debe estar firmada y fechada por la Embajada. Como su cliente no puede proporcionar esta carta, su cliente no tiene la residencia razonable requerida, por lo tanto, la solicitud de naturalización de su cliente se ha considerado inelegible ... "

En su juicio, el juez Barrett señaló lo siguiente:

 "No se sigue lógicamente que, dado que el Sr. Vishteh no puede proporcionar lo que podría denominarse carta de "fechas de empleo", no tenga la residencia razonable requerida. Por muy amplia que sea la discreción del Ministro en el contexto de la naturalización, no puede tomar decisiones que, a primera vista, son irracionales. Si pudiera, eso le permitiría proceder de manera arbitraria / caprichosa / autocrática, es decir, en contra de lo que contempla la jurisprudencia ”.

El tribunal otorgó la siguiente orden a favor de nuestro cliente:

  1. Una orden de certiorari anulando la Decisión.
  2. Una declaración de que, cuando, (a) en una solicitud presentada en virtud del artículo 15 de la Ley de nacionalidad y ciudadanía irlandesa de 1956, modificada por una persona que reside legalmente en Irlanda en virtud de su empleo en una misión diplomática, (b) es o demuestra que es imposible que dicha persona, sin que aparentemente sea culpa suya, proporcione ciertas pruebas solicitadas por el Ministro de conformidad con la sección 17 (b) (ii) de la Ley de nacionalidad y ciudadanía irlandesa de 1956, en su forma enmendada, el Ministro está obligado , antes de tomar una decisión de conformidad con la sección 15, considerar la totalidad de la evidencia disponible presentada ante él por / para dicha persona.

Esta fue una decisión excelente y bienvenida para nuestro cliente y su familia en circunstancias en las que hubo un claro error en el proceso de toma de decisiones de los Ministros en circunstancias en las que nuestro cliente cumplió claramente con los requisitos de residencia razonables.

Es importante señalar que siguiendo la decisión del Tribunal Superior en Rodis y Tolentino, La Ley de Relaciones Diplomáticas (Disposiciones Diversas) de 2017 fue promulgada (después de que nuestro cliente presentó su solicitud para un Certificado de Naturalización). La Sección 9 de la Ley enmendó el vacío legal que surge de Rodis y Tolentino y posteriormente se considera que cualquier persona que tenga derecho a la inmunidad diplomática en el Estado no es elegible para la naturalización de esta manera.

El equipo de inmigración de Sinnott Solicitors está especialistas en todos los aspectos de la ley de inmigración. Si tiene alguna consulta, no dude en ponerse en contacto con nuestro Departamento de Inmigración hoy al 0035314062862 o info@sinnott.ie.