Según el nuevo Reglamento sobre documentos públicos, no es necesario realizar traducciones certificadas y notariadas de determinados documentos públicos emitidos por los estados miembros de la UE.

El Reglamento sobre Documentos Públicos (Reglamento 2016/1191), que fue promulgado el 6 de julio de 2016, se implementó oficialmente en todos los estados miembros de la UE desde el 16th de febrero de 2019. El Reglamento regula la autenticación y circulación de determinados documentos públicos.

El Reglamento elimina el requisito de que los documentos públicos, como los certificados de nacimiento y los certificados de matrimonio originados en otro estado miembro de la UE, sean legalizados o traducidos antes de ser presentados a las autoridades de otro estado miembro de la UE.

Los ciudadanos de la UE que viven en Irlanda a menudo deben presentar a las autoridades irlandesas un documento oficial de su estado de origen, como su certificado de nacimiento o de matrimonio. Ejemplos de esto surgen cuando un ciudadano de la UE es solicitar un certificado de naturalización, el INIS requiere que se presente una copia traducida certificada de su acta de nacimiento con la solicitud. O al solicitar una visa para ingresar al estado como cónyuge de un ciudadano de la UE de conformidad con la Directiva 2004/38 / EC de Derechos del Ciudadano (comúnmente conocida como la Directiva de Libre Movimiento de Personas), la oficina de visas requerirá una copia traducida certificada ante notario del certificado de matrimonio si no está en inglés. Los documentos también debían contener un sello de Apostilla para verificar que eran un documento auténtico auténtico.

El Reglamento sobre documentos públicos (Reglamento 2016/1191), que se aplica a partir del 16 de febrero de 2019 finaliza este requisito. A partir de esta fecha, la documentación pública oficial emitida por otro estado miembro de la UE no necesita contener el sello de Apostilla.

Los estados miembros también deben aceptar copias certificadas de documentos del país de origen. Ya no pueden insistir en que una persona proporcione tanto el original como la copia certificada.

El Reglamento elimina el requisito de que los ciudadanos proporcionen a la autoridad solicitante una traducción de su documento oficial. También ofrece la opción de solicitar una versión multilingüe del documento que está disponible en todos los idiomas de la UE desde su país de origen. La versión multilingüe se puede adjuntar al documento correspondiente, por ejemplo, a su certificado de nacimiento. Ya no se puede requerir una copia traducida certificada que a menudo puede ser costosa de obtener.

Por lo tanto, si una persona solicita una visa para ingresar a Irlanda y se requiere un documento emitido por otro estado miembro de la UE que no esté en inglés como parte de la solicitud, ya no tiene que enviar una copia traducida certificada por separado. El formulario oficial multilingüe adjunto al documento correspondiente es suficiente.

El reconocimiento legal real del documento no está cubierto por el Reglamento. Esto todavía está sujeto a las leyes nacionales del país donde se envía el documento.

Si ha tenido un problema al enviar un documento oficial a las autoridades irlandesas que ha sido emitido por otro estado miembro de la UE, no dude en ponerse en contacto con el equipo de abogados expertos de Sinnott Solicitors hoy el 0035314062862 o info@sinnott.ie para discutir más el tema.