El Tribunal de Apelación ha emitido una sentencia que tiene consecuencias de gran alcance para los estudiantes que no pertenecen al Espacio Económico Europeo.

ACTUALIZAR Sentencia histórica de la Corte Suprema sobre el exceso de estadía en la visa de estudiante

En diciembre de 2016 publicamos un artículo sobre una decisión del Tribunal de Apelaciones sobre Visas de estudiante denominada "Sentencia innovadora del Tribunal de Apelación para estudiantes no europeos que dejaron su visa de estudiante en exceso"

El 24th En abril de 2018, la Corte Suprema en el caso de Luximon y Balchand -V- El Ministro de Justicia, Igualdad y Reforma Legislativa, confirmó que al momento de considerar si renovar o variar el cargo de un estudiante que había excedido su visa de estudiante para permanecen en el Estado, el Ministro debería haber considerado los derechos del artículo 8 a la vida privada y familiar Convenio europeo de derechos humanos.

La Sra. Luximon y el Sr. Balchard habían llegado a Irlanda en 2006 y deseaban vivir y trabajar en el Estado después de que expirara la visa de estudiante. Cuando se introdujo el nuevo plan de inmigración para estudiantes de tiempo completo que no pertenecen al EEE en julio de 2011, se agotó el tiempo de espera y ya no se les permitió permanecer en el estado.

En diciembre de 2017 El Tribunal de Apelación ha emitido una sentencia que tuvo consecuencias de gran alcance para los estudiantes que no pertenecen al espacio económico europeo. La sentencia afectó a las personas que se quedaron más tiempo de su visa de estudiante y específicamente a los estudiantes que vinieron aquí antes de 2011 que desean continuar viviendo y trabajando en Irlanda después de que expiren sus visas. Los dos casos de prueba de Luximon y Balchand se llevaron ante el Tribunal en relación con visas de estudiantes en las que los estudiantes se habían quedado más tiempo. El tribunal dictaminó que el Ministro de Justicia debe considerar los derechos del artículo 8 a la vida privada y familiar en virtud de la convención europea sobre derechos humanos y el derecho a la vida familiar y privada en virtud del derecho constitucional irlandés antes de determinar cualquier solicitud de cambio de estatus para los estudiantes que hayan sobrepasado su tiempo de permanencia. visas.

El Tribunal de Apelación decidió que la negativa del Ministro a permitir la permanencia de ciertas solicitudes de estudiantes podría interferir potencialmente con su derecho al respeto de la vida familiar y privada y podría desencadenar las implicaciones del Artículo 8 para el departamento si rechazaran tales solicitudes.

El tribunal se refirió muy específicamente a la Ley de inmigración de 2004 y señaló que, en virtud del artículo 4.7 de esa ley, el Ministro tenía la obligación de considerar ciertos derechos antes de negarse a permitir que esos solicitantes siguieran residiendo en Irlanda.

Ambas familias son de Mauricio y habían solicitado al Ministro permiso para permanecer en Irlanda sobre la base de su "cambio de situación". Esos solicitantes querían cambiar su estatus para sellar el estatus 4, lo que permite a los solicitantes seleccionados trabajar en Irlanda y obtener beneficios de bienestar social de forma normal en lugar del estatus de estudiante.

Para todos los nacionales de fuera de la UE quienes vinieron aquí como estudiantes antes de la nueva política estudiantil que el gobierno introdujo en 2011 (siempre que los estudiantes solo puedan permanecer aquí por un máximo de 7 años) la sentencia tuvo una implicación significativa. El efecto de la sentencia fue que el Departamento de Justicia tendría que considerar todas las solicitudes de acuerdo con las conclusiones del Tribunal de Apelación y específicamente tuvo que considerar si rechazar tales solicitudes interferiría con los derechos de los solicitantes a la vida privada y familiar. El Estado apeló la sentencia de la Corte de Apelaciones ante la Corte Suprema y muchas personas están esperando el resultado de la sentencia de la Corte Suprema de hoy.

Antes de 2011, mientras que los estudiantes que no eran de la economía europea necesitaban una visa para estudiar en Irlanda, después de que el Ministro introdujera una nueva política en 2011, el Departamento de Justicia también introdujo un acuerdo de transición que se aplicaba a aquellas personas en las que si deseaban quedarse más allá durante un período de siete años se les concedió una prórroga para solicitar un permiso de trabajo.

Hoy, la Corte Suprema sostuvo que el Ministro violó el artículo 3 de la Ley de 2003 del Convenio Europeo de Derechos Humanos al no considerar la vida familiar de los demandantes de conformidad con el artículo 8 del CEDH.

La Corte Suprema señaló que la decisión solo aborda los hechos en este caso. Sin embargo, es indudable que esta Sentencia de la Corte Suprema tendrá implicaciones de gran alcance para otros solicitantes que han sobrepasado sus visas de estudiante en circunstancias similares. En el futuro, el ministro deberá considerar si sería contrario al artículo 8 de los solicitantes, los derechos a la vida familiar antes de rechazar la solicitud del solicitante de permanecer en el Estado.

Es una buena noticia para los estudiantes que se quedaron más tiempo de sus visas de estudiante en circunstancias similares, ya que el fallo podría potencialmente permitirles residir en el estado y vivir y trabajar de manera normal.